Complemento para la reducción de la brecha de género

es una ayuda económica mensual por hijo —desde el primero— para pensiones contributivas (jubilación, incapacidad, viudedad) reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021.

Complemento para la reducción de la brecha de género
complento brecha de género

El complemento para la reducción de la brecha de género (anteriormente complemento por hijos) en España es una ayuda económica mensual por hijo —desde el primero— para pensiones contributivas (jubilación, incapacidad, viudedad) reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021. El importe es de 36,90 € mensuales por hijo en 2026 (hasta un máximo de 4 hijos), abonado en 14 pagas, y puede solicitarse al tramitar la pensión. 

 

  • ¿Quién puede solicitarlo?: Mujeres y hombres que hayan visto afectada su carrera profesional por el nacimiento o adopción de hijos.
  • ¿Cuánto se cobra (2026)?:
    • 1 hijo: 36,90 €/mes (aprox. 516,6 €/año).
    • 2 hijos: 73,80 €/mes.
    • 3 hijos: 110,70 €/mes.
    • 4 hijos: 147,60 €/mes.
  • Requisitos Clave:
    • Pensión contributiva reconocida a partir del 4 de febrero de 2021.
    • Aportar certificados de nacimiento o adopción de los hijos.
    • Si el hombre solicita el complemento, debe demostrar una interrupción o limitación en su carrera profesional (lagunas de cotización) tras el nacimiento de los hijos.
  • Compatibilidad: Se asigna a uno de los progenitores. Si ambos redujeron su carrera, suele asignarse a la madre. 

 

Cómo solicitarlo: Se puede pedir a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, el formulario de "reducción de la brecha de género", o centros. 

 

  • Nota importante: Existe un complemento anterior (2016-2021) para mujeres con 2 o más hijos, que, tras sentencias europeas, también es aplicable a hombres, pudiendo reclamarse los atrasos. 

 

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