Modelo 170 en 2026: así controlará Hacienda tus cobros con tarjeta y Bizum mes a mes
Si tu negocio cobra a clientes mediante tarjeta, TPV o Bizum, hay una novedad de 2026 que debes conocer aunque no tengas que presentar nada tú mismo: el nuevo Modelo 170.
¿Qué es exactamente?
El Modelo 170 es una declaración informativa que, a partir de enero de 2026, deben presentar mensualmente las entidades financieras, entidades de pago y demás proveedores de servicios de pago. En ella comunican a la Agencia Tributaria los cobros electrónicos que gestionan para empresarios y profesionales: importes, canal de cobro (TPV, tarjeta física o virtual, Bizum profesional) y cuenta de destino.
La obligación de presentar el modelo recae sobre los bancos y proveedores de pago, no sobre tu empresa o tu actividad como autónomo. Pero eso no significa que no te afecte.
¿Por qué te afecta si tú no lo presentas?
Porque a partir de ahora Hacienda dispondrá de información mensual y detallada de cuánto cobra tu negocio por medios electrónicos, cruzando esos datos con lo que declaras en tus modelos de IVA e IRPF/Sociedades. Cualquier descuadre entre lo que ingresas en el banco y lo que declaras puede activar una revisión.
Las tres novedades clave frente al modelo anterior
- Desaparece el umbral mínimo: antes solo se comunicaban operaciones que superaban cierto volumen anual; ahora se informa de todos los cobros, sin excepción de importe.
- Periodicidad mensual en lugar de anual: la Administración tendrá una foto casi en tiempo real de tu actividad de cobro.
- Se amplían los medios de pago incluidos: ya no son solo tarjetas de crédito o débito, sino cualquier tarjeta física o virtual y los pagos por móvil, incluido Bizum cuando se usa con fines profesionales (Bizum Negocios). Los Bizum entre particulares, ajenos a una actividad económica, quedan fuera.
Esta reforma se apoya en el Real Decreto 253/2025, de 1 de abril, y se desarrolla mediante la Orden HAC/747/2025, de 27 de junio, que deroga la antigua Orden EHA/97/2010 reguladora del modelo 170 anual.
Qué información recibe Hacienda de tu negocio
En cada envío mensual, la entidad financiera identifica al comercio (NIF y razón social), el canal de cobro utilizado, el volumen de cobros del periodo desglosado por medio de pago, y la cuenta bancaria donde se abonan los importes.
Qué deberías hacer ahora
- Concilia cobros y contabilidad de forma sistemática, no solo en el cierre anual. Cada cobro por tarjeta o Bizum profesional debe corresponderse con una venta registrada.
- Factura correctamente todas las operaciones, incluidas las cobradas por Bizum si tienen carácter profesional.
- Revisa periodos anteriores si sospechas que hay descuadres entre lo cobrado y lo declarado; es mejor regularizar de forma voluntaria que esperar a un requerimiento.
- Automatiza la conciliación bancaria siempre que puedas: cuanto menor sea la intervención manual, menor el riesgo de errores.
En resumen
El Modelo 170 no añade una obligación formal para autónomos y pymes, pero sí eleva de forma notable la capacidad de control de la Agencia Tributaria sobre los cobros electrónicos. La mejor defensa es la que ya deberías estar aplicando: contabilidad al día, facturación completa y conciliación bancaria constante.
En La Asesoría (Pous-Buisan Asesores) revisamos la conciliación entre tus cobros bancarios y tu contabilidad para que no te pille por sorpresa ningún cruce de datos de Hacienda. Si quieres que le echemos un vistazo a tu situación, contacta con nosotros.